Obreros detenidos identificados —(imagen del dominio público )

Las “guerras” por la tierra en la Patagonia del siglo XXI

El mito de la Patagonia es uno de los más resistentes en estos tiempos, en que los mitos duran muy poco. Eso sí: el mito mismo parece estar en venta, tanto como las tierras. La disputa de poder por las tierras de la Patagonia lleva siglos. No se detiene. Comenzó mucho antes de que existieran los mapas catastrales, los alambrados y el propio Estado argentino.(1)

Los habitantes originarios ocuparon inmensos territorios desde tiempos ancestrales. La Cueva de las Manos, en la actual Santa Cruz, tiene unos 12 mil años. Sus descendientes hablan de “territorios” con su carga de costumbres, cultura e historia, y no de “tierras”, con su exclusivo sentido económico.

Wiñomulein ta iñ mapu meu quiere decir “territorios recuperados” en idioma mapuche.

La “guerra” por la tierra persiste con intensidad. De un lado están los descendientes de los pueblos mapuche y tehuelche –del que quedan unos pocos hablantes– junto a los demás argentinos que no logran acceder ni a un fragmento de tierra. Del otro están los dueños de la tierra desde la llamada Conquista del Desierto y quienes han llegado con el objetivo de apropiarse de grandes superficies desconociendo a sus antiguos ocupantes y en muchos casos a las propias leyes. Desde entonces, existe una inmensa tensión entre legalidad y legitimidad.

Hoy, los nombres de Facundo Jones Huala y Santiago Maldonado ocupan espacios destacados dentro de la escena pública, en un marco de racismo mediatizado.(2) El 1° de agosto de 2017 un grupo de gendarmes entró, sin orden judicial, al Pu Lof en Resistencia Cushamen que lidera Jones Huala, detenido desde hace tiempo en Esquel. Reprimieron a la comunidad, dispararon balas de goma y plomo y arrasaron el lugar. Allí estaba Santiago Maldonado, en apoyo de la causa mapuche. Desde ese día se desconoce su paradero, y varios testigos aseguran haber visto cómo lo subieron a un vehículo de Gendarmería. La Justicia Federal caratuló la causa como desaparición forzada.(3)

La desaparición forzada es de una de las más graves violaciones a los derechos humanos. En mayo de 2011 el Congreso argentino sancionó la ley 26679 que incorporó al Código Penal el delito de desaparición forzada de personas que ampara casos individuales, aunque el hecho no forme parte de un plan sistemático con ese objetivo.

El artículo 142 3o del Código Penal establece que se impondrá prisión de 10 a 25 años al funcionario público o personas que actuando con la autorización o aquiescencia del Estado priven de la libertad a una o más personas, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de la libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida. Si la víctima muere, la pena será de prisión perpetua.

Desde 2015 la Agencia Federal de Inteligencia investiga de manera ilegal al pueblo mapuche y sus aliados en Chubut, y en paralelo a los activistas antimineros. Un espía y dos fiscales están procesados por esa persecución ilegal.

Resulta evidente que se busca disminuir el espacio de intervención comunitaria para expandir lógicas extractivas y financieras sobre bienes comunes en territorios cada vez más extensos y con más actores implicados.

Tierras ancestrales y desalojos

Este ciclo de conferencias se titula “Territorios en conflicto”. Las comunidades indígenas resisten desalojos en tierras ancestrales en 12 provincias argentinas por casi 9 millones de hectáreas. Los pueblos originarios –tehuelches, mapuches, selknam, yamanas, etc– pasaron del señorío al despojo. Hoy, sus descendientes dan batalla por la identidad y la propiedad, sometidos a prácticas del Estado que implican para ellos una abismal desventaja política.

Sin embargo, existe un marco jurídico que les otorga derechos sustantivos.

En 1748 el sacerdote británico Thomas Falkner publicó un libro clave, con una motivación “geopolítica” contraria a la corona española. Charles Darwin relevó en 1832 cada accidente costero del extremo sur a bordo del navío Beagle, al mando de Fitz Roy. George Chaworth Musters, capitán de la marina británica, trazó mapas precisos para la corona británica al atravesar la Patagonia de Sur a Norte entre 1870 y 1871, protegido por los tehuelches. El 1° de mayo de 1889 se constituyó The Argentine Southern Land Co. (Compañía de Tierras del Sud Argentino), que obtuvo como concesión o regalo la propiedad de casi un millón de hectáreas –las más aptas para la ganadería– en la ruta relevada por Musters. El proceso de acumulación de tierras mediante operaciones de prestanombres ha sido investigado minuciosamente por Ramón Minieri en “Ese lejano Sur”.

 

De Musters a “La compañía”

Entre el viaje de Musters y el nacimiento de la célebre Compañía británica se produjo un hecho decisivo: la llamada Campaña del Desierto. Los terratenientes del sur argentino nacieron con ella. A partir de 1879 esa “conquista del desierto” eliminó a 1.300 habitantes originarios “en combate” y tomó 13.000 prisioneros.

Ya en 1883, 20 mil prisioneros habían sido conducidos a Buenos Aires. Allí fueron asesinados, desaparecidos, esclavizados o entregados a “buenas familias” como peones y sirvientas. En base a partes del Ejército, la avanzada militar de fines del siglo XIX dejó unos 30 mil desaparecidos, según el director del Servicio de Huellas Digitales Genéticas de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la UBA.

La cifra impacta. También, saber que hubo campos de concentración en Valcheta, Junín de los Andes, Chichinales, Retiro y Martín García. Son precedentes concretos de las prácticas de la última dictadura argentina: secuestro de niños para ser entregados a las familias dominantes, torturas y apropiación de los cuerpos. Apropiación de los territorios y luego apropiación del cuerpo. Eso le pasó al cacique Modesto Inacayal, que durante dos años fue exhibido vivo en los sótanos del Museo de La Plata.

Alternativas al exterminio

Las operaciones militares continuaron hasta 1885, cuando el cacique Sayhueque se rindió ante el Ejército. Un gran trabajo del investigador Julio Vezub estudia la correspondencia que mantuvo Valentín Sayhueque con políticos y militares argentinos entre 1860 y 1880. Ese registro destroza la idea de la frontera como la expansión de la civilización sobre un espacio salvaje.(4)

Hubo una cancillería mapuche-tehuelche. Allí se ve que “existieron alternativas más complejas al exterminio, albergadas por los mismos jefes militares que se carteaban mes a mes con Sayhueque”. Como objetivo central, la “conquista” incorporó 78 millones de hectáreas al territorio argentino, en un proceso que se consolidó entre 1880 y 1914.

Adrián Moyano, uno de los destacados investigadores que trabaja por la descolonización de la historia referida a los pueblos originarios, aporta una visión lúcida y precisa.(5) Gran parte de las tierras obtenidas a fines del siglo XIX por la Compañía de Tierras del Sud Argentino están hoy en manos de la multinacional Benetton, con sede en Treviso, Italia. Fundada en 1965, posee un capital estimado de 4 mil millones de dólares. En 1991, el paquete accionario pasó a manos de “Edizione Holding International N.V.”, organización financiera del Grupo Benetton, por un valor declarado de apenas 50 millones de dólares.

Benetton es el mayor propietario privado de la Argentina, a través de la Compañía de Tierras Sud Argentino S.A. (CTSA). Posee 924.000 hectáreas de tierra en las provincias de Buenos Aires, Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz, una superficie mayor a la de cualquier parque nacional del país. También es dueño de Minsud, con concesiones metalíferas en San Juan, Río Negro, Chubut y Santa Cruz.

Actores como la compañía de tierras de capitales ingleses, antecedente de los dueños actuales de estancia Leleque, fueron directamente beneficiados por el proceso de expansión territorial, persecución, deportación, masacre, reducción a la servidumbre y despojo de tierras que se conoce como la “Conquista del Desierto” en el tránsito del siglo XIX al XX, que se prolongó con corrimientos de alambrados sobre tierras fiscales más allá de lo que marcaba el catastro.

Los campos de concentración no discriminaron, y albergaron por igual a mapuches y tehuelches.

 

Litigios y jueces

La pequeña comunidad Mapuche Santa Rosa de Leleque encabezada por Atilio Curiñanco y Rosa Rúa Nahuelquir recuperó hace 15 años 525 hectáreas, un fragmento de la inmensa propiedad de Benetton.

En 2011, el juez de la Cámara de Ejecuciones de Esquel Omar Magallanes falló a favor del grupo Benetton ordenando el desalojo. Se basó en el Derecho Civil, pese a que su obligación es aplicar el Derecho Indígena, priorizó el testimonio de los empleados de Benetton y desechó los aportes de la antropóloga Claudia Briones y los conocedores de la zona.(6) A través de una medida cautelar de “no innovar”, el mismo juez Magallanes prohibió a los mapuches hacer fuego y les prohibió levantar cualquier tipo de construcción. Su decisión impresiona, si se considera que obligaba a la comunidad a sobrevivir a temperaturas bajo cero, lluvias, nevadas y vientos helados sin la protección de una casa ni el calor del fuego. ¿Podríamos denominarlo tortura?

Dos argumentos se repiten desde el poder político y desde el sector empresario, y son recreados por la prensa: la caracterización de los mapuches como extranjeros y su ataque a la soberanía argentina. “¡Qué terrible! ¿Cómo nos van a preguntar si somos argentinos o chilenos?”, afirma Mauro Millán, quien fue vocero de la Comunidad Mapuche Santa Rosa — Leleque y hoy lidera la comunidad Pillán Mahuiza.

La comunidad científica del prestigioso Centro Nacional Patagónico afirmó que “el debate sobre la legitimidad de los reclamos mapuches ya se encuentra saldado”; “hay un amplio consenso entre los colegas especializados nacionales y extranjeros acerca del espesor histórico de la población y la identidad mapuches en Pampa y Patagonia, y sus formas previas, de más de 500 años”. “Las identidades de los grupos étnicos tehuelches y mapuches es previa a la configuración de Argentina y Chile como estados. Así como hubo y hay mapuches en el actual territorio nacional, también hubo tehuelches o aónikenk en el sur de Chile.

 

Resistencia en Cushamen

El Lof en Resistencia del Departamento Cushamen reclama derechos territoriales con cortes de ruta y acciones directas. Su lonko o líder Facundo Jones Huala sigue detenido. Aunque el juez federal Guido Otranto rechazó su extradición a Chile, podrían someterlo a un segundo juicio por la misma causa. En enero y mayo de este año, efectivos de Gendarmería ingresaron a esa comunidad sin orden judicial luego de que sus integrantes bloquearan el paso del ferrocarril La Trochita, y los reprimieron con golpes y disparos. Las acciones fueron condenadas por Amnistía Internacional.(7)

El discurso de la asimilación afirma que para sobrevivir, los mapuches “tienen que cambiar”, ser “igual que todos” y “dejar su cultura y la tierra”. Así surge la distinción entre “indios permitidos” e “indios insurrectos” considerados “terroristas” desde el discurso del poder político.

Ceferino Namuncurá vivió solo 18 años. Nieto de Calfucurá e hijo del cacique Manuel, es un emblema del “indio permitido” o “deseado”, y su historia expone la tragedia de una cultura. Declarado Beato por la Iglesia Católica –unas 100 mil personas asistieron al anuncio en su santuario de Chimpay, Río Negro– es una de las figuras más populares del devocionario nacional. Su origen mapuche, su trayectoria como alumno salesiano modelo y su muerte precoz en Roma de tuberculosis, tras procurar convertirse en sacerdote, lo convirtieron en el “santito criollo”.

El relato dominante hace invisibles sus orígenes y los adapta al modelo nacional, y trata de conjugar sus virtudes con el abandono de las prácticas ancestrales de su pueblo. La caracterización del “indio argentino” como culto, educado, bello y abierto a la evangelización revela una notable operación de asimilación. En 1980, la publicación Ceferino Misionero lo describía como “el fruto espiritual más preciado de la Conquista del Desierto”. En agosto de 2009 sus descendientes trasladaron sus cenizas desde Fortín Mercedes a la Comunidad de San Ignacio, en Huiliches, Neuquén, bajo el rito de la religión mapuche.

 

Sobre “indios permitidos”

Jones Huala no se encuadra en el modelo restringido del “indio permitido”, sumiso y obediente. Eso ocurre por encima de los delitos que se le imputan, y que no han sido probados. Él sintetiza la percepción de los mapuches urbanos, marginados y convencidos de que no existe un futuro para ellos. Se miran en el espejo de sus ancestros, pero asumen que la exclusión de siglos les demanda nuevas formas de lucha. No es admitido como interlocutor dentro de la democracia, y el Estado lo caracteriza como “terrorista”.

Jones Huala desciende de Sebastián Jones, un inmigrante galés que se asentó en el siglo XIX en Cushamen, y su padre nació en Mina de Indios. Por el lado materno proviene del profuso linaje mapuche de los Huala. Fue justamente la comunidad galesa –asentada en Gaiman desde 1865– la que sostuvo en 1910 la lucha jurídica del cacique tehuelche Chiquichano por la recuperación de sus tierras. Niega que la comunidad mapuche se proponga “construir ningún estado porque el estado es una forma de los winkas –blancos– para someter pueblos”.

Jones Huala está acusado de haber participado en 2013 de un ataque incendiario contra una casa en un campo cercano a Valdivia, Chile. Fue detenido y luego liberado. La Justicia argentina rechazó el pedido de extradición en un juicio realizado en septiembre de 2016.

Jones Huala fue detenido nuevamente a fines de junio, y podría ser sometido a un nuevo proceso de extradición pese al último fallo de la Corte Suprema. Su arresto ocurrió pocas horas después de la reunión entre Michelle Bachelet y Mauricio Macri. En ese encuentro “se tocó el caso Jones Huala”, según el secretario de Derechos Humanos, Claudio Avruj.

Las limitaciones del Poder Judicial plantean un severo desafío para la democracia.

Las reformas introducidas en 1994 en la Constitución Nacional otorgan fuertes fundamentos a los reclamos del pueblo mapuche y las demás comunidades originarias. Su artículo 75, inciso 17,

. reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos.

. garantiza el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural;

. reconoce la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan;

. regula la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; y asegura que ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos.

. asegura su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten.

La jurisprudencia de la Corte Interamericana en materia indígena implica rescates de la diversidad, derechos a la diferencia existencial y repudios a la uniformidad avasallante, al prejuicio y a la discriminación traducida en desdén o prepotencia.

El convenio 169 de la OIT –que tiene carácter superior a las leyes vigentes– y la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas aprobada en 2007 por la ONU son coincidentes al respecto, pero no han producido cambios de fondo en la tarea de los operadores judiciales ni en la vida de los discriminados.

 

Historia y analogías violentas

En otra escena del enfrentamiento entre terratenientes y desposeídos, los peones de la Patagónica Trágica fueron los derrotados en 1921, y 1500 de ellos murieron fusilados. Osvaldo Bayer investigó como periodista a fines de los 50 el despojo del pueblo mapuche –desde Esquel fue escoltado definitivamente por Gendarmería tras una sorda expulsión– y una década después emprendió la tarea que desembocaría en su gran obra sobre los fusilamientos de Santa Cruz, Los vengadores de la Patagonia Trágica.(8)

Aquellas huelgas de peones rurales en los inicios del siglo XX ponen en juego las mismas tensiones y actores que cruzan la región patagónica hasta hoy. Los terratenientes, respaldados por el gobierno y el Ejército argentino, la prensa y la Justicia, consiguieron el fusilamiento de centenares de obreros con conciencia de clase. Ni el radicalismo ni el peronismo atacaron la base desigual de la posesión de la tierra en la Patagonia. El radicalismo aprobó la masacre de los peones patagónicos, y jamás cuestionó el regalo de cientos de leguas a quienes jamás cumplieron las condiciones de la concesión originaria.

El propio Perón –quien estableció el Estatuto del Peón y cobró un centavo por kilo de lana esquilada para el Partido– dejó intacta la propiedad inglesa de las tierras.

Perón sí intervino en 1973 para evitar la expropiación que intentó concretar el gobernador de Santa Cruz sobre tierras en manos británicas. Jorge Cepernic elevó a la legislatura provincial el proyecto de expropiación de 650 mil hectáreas pertenecientes a “The sheep farming company” y a la “Pardo Dowing Ganadera S.A.”. La primera poseía el grupo de estancias “El Cóndor”, en Rio Gallegos. Cepernic, quien además financió y apoyó la filmación de “La Patagonia Rebelde”, estuvo preso durante casi toda la última dictadura cívico-militar.

 

La lucha de la Comarca Andina

Las luchas sociales por el agua, la preservación del ambiente, la sustitución de la matriz energética, los derechos humanos y los proyectos de vida “alternativos” tienen su eje en la disputa por la tierra.

La Asamblea en Defensa del Agua y la Tierra reúne a vecinos de Mallín Ahogado y la Comarca del Paralelo 42, que incluye El Bolsón, Lago Puelo, El Hoyo, Epuyén y otros pueblos. Buscan evitar que grandes superficies de tierra como la Pampa de Ludden se sustraigan del uso social y ecológico para convertirse en grandes negocios de pocos a costas del Estado. La Asamblea lucha por la protección de los bienes comunes –como el ambiente y las tierras comunitarias y fiscales– y enfrentar a un adversario poderoso que avanza desde las empresas del capitalismo más concentrado, con el aval frecuente del poder político e institucional. Esa organización de agricultores, artesanos, campesinos, trabajadores, migrantes urbanos, militantes y vecinos radicados en Río Negro y Chubut desafía a otro actor empresario de gran poder económico, Joseph Lewis.

 

El capitalismo concentrado

La avanzada del capitalismo concentrado se basa en un proceso continuo de compra de territorios y extracción de recursos naturales que pone en riesgo la soberanía nacional más profundamente que las pretensiones del pueblo mapuche.

El marco jurídico, institucional y político resulta insuficiente para procesar nuevos escenarios y culturas diferentes., por negligencia, prejuicios o posicionamientos ideológicos. Se vive un proceso de judicialización de la protesta social y la cooptación de jueces y operadores judiciales por parte de empresarios globales con gran poder de seducción material.

Son visiblemente inequitativas las prácticas del Poder Judicial ante la recuperación de tierras y las demandas de descendientes mapuche-tehuelches, migrantes sin recursos y habitantes de barrios marginales en las ciudades. Todos esos sectores enfrentan la imposibilidad de acceder a la tierra, que se valoriza cada vez más en medio de las inversiones extranjeras. Mientras, municipios y gobiernos provinciales convierten en trámites agónicos los pedidos de viviendas y tierras.

Surge también el ecologismo “profundo” como estrategia de apropiación “ética”. Distintas fundaciones y ONG son denunciadas como funcionales a los intereses empresarios que las financian. En una suerte de simetría perversa, empresarios con visión de “preservación” adquieren enormes territorios intangibles para “cuidarlos”. Son recursos que deberían formar parte del patrimonio de la humanidad. En la práctica, los “cuidan” de argentinos y chilenos que presuntamente no están capacitados para preservarlos ni poseen los recursos necesarios para hacerlo. El estadounidense Douglas Tompkins ha formado una especie de “provincia” binacional de miles de hectáreas en Santa Cruz (Argentina) y Palena (Chile).

 

Lewis, un caso emblemático

Joseph Lewis, británico, adquirió un latifundio que incluye el Lago Escondido, al que nadie puede acceder sin su permiso, pese a fallos judiciales que no acata. Lewis tiene en común con la multinacional Benetton numerosos dispositivos y estrategias para consolidar su poder, aún por encima de dispositivos legales y constitucionales. También comparte con Benetton al menos una sociedad, la Australian Agricultural Company, empresa que fue de la Corona Británica.

Lewis, quien vive entre Londres, Orlando y las islas Bahamas, y visita sus dominios en la Patagonia sobre todo en el verano austral, posee una fortuna de 5.300 millones de libras, la sexta de Inglaterra, según la revista Forbes–Lewis es una de las 300 personas más ricas del mundo. En los años 70 fundó el Tavistock Group, que preside. Invierte en investigación genética y nuevas medicinas; en Siberia, en extracción de gas y petróleo; en México, en la industria del aluminio.

Posee negocios inmobiliarios en Reino Unido, Estados Unidos y Bahamas, todo el paquete accionario del club Tottenham Hotspur inglés y parte del Glasgow Rangers escocés, del Vicenza italiano y del AEK griego, y marcas de ropa como Vans, Puma y otras. Es dueño de Pampa Energía S.A., “la empresa integrada de electricidad más grande de Argentina”; participa en la generación, transmisión y distribución de electricidad en el país. Co-controla a Transener, operadora de la mayor red de transmisión en alta tensión de Argentina y a su subsidiaria Transba. En 2017 adquirió Petrobras Argentina. Hidden Lake S.A. es una empresa formalmente dedicada a la exportación de materiales para la construcción.

Lewis es la sombra estratégica del mega-loteo que pretende desarrollar en la Pampa de Ludden, una zona de alta montaña y de elevada fragilidad ambiental cercana a El Bolsón. Las tierras que pretende urbanizar están en una zona de triple protección legal: integran la Reserva de la Biósfera declarada por la UNESCO, el Área Natural Protegida Río Azul-Lago Escondido y la Reserva Natural Municipal Altas Cumbres de Mallín Ahogado.

La empresa Laderas S.A. pretende desarrollar uno de los proyectos de urbanización más grandes de la Argentina dentro un entorno natural semejante.

Tras numerosas movilizaciones, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería de Bariloche aceptó el amparo colectivo presentado por 6 mil vecinos y suspendió el loteo. La medida cautelar suspende la ordenanza que aprobó el loteo en diciembre de 2016 y la inconstitucionalidad de esa medida por violar leyes ambientales, la Carta Orgánica municipal y la Constitución Provincial.

El proyecto de Lewis –convalidado por el Concejo Deliberante local y el intendente Bruno Pogliano, su contador personal– ha enfrentado el rechazo popular a través de reiteradas movilizaciones masivas, las más grandes de los últimos años en territorio patagónico.

Edenor, controlada por Lewis a través de Pampa Energía SA recibió una condonación de $1229 millones por la deuda que tenía con Cammesa, y “RenovAr”, Patagonia Energía SA –de su propiedad– fue invitada a vender al Estado la energía que genera con la central hidroeléctrica construida utilizando el caudal de Río Escondido, que es público. Desobedeciendo un fallo judicial de 2009, Lewis continua sin brindar libre acceso al Lago Escondido. Está dentro de las 14 mil hectáreas que adquirió en 2005 contrariando varias limitaciones legales y con el fin inicial de construir un aeropuerto. En 2009, en una consulta popular, el 76% rechazó el proyecto. En diciembre de 2013, un juez rionegrino dictó el procesamiento de las autoridades involucradas en la adjudicación de las tierras de la urbanización por irregularidades en la transacción.

El negocio inmobiliario que impulsa el loteo en torno al centro de esquí pone en riesgo las fuentes de agua de toda la región, y es uno de principales motivos de rechazo. El fallo de la Cámara de Apelaciones indica que la cesión de tierras “vulnera” la suspensión dispuestas por el Tribunal Superior de Justicia, que en 2011 había determinado que el proyecto iba a contramano de “normas de derecho ambiental e implica graves riesgos” para El Bolsón. Determina que “los antecedentes dominiales de las tierras involucradas en el emprendimiento son irregulares” y que se debe atener a la legislación local pero también “cumplir con todos los recaudos y procedimientos previstos por las normas constitucionales, nacionales, provinciales y municipales sobre la materia”.

Por otra parte, están sin definir en la Justicia los recursos de amparo presentados en 2016 en distintos lugares del país contra un decreto del presidente Mauricio Macri firmado con el fin de facilitar las condiciones de acceso de extranjeros a tierras nacionales. Plantean la inconstitucionalidad y nulidad de ese decreto, el que modifica la Ley 26.737 o Ley de Tierras. Esa ley, sancionada en 2011, se proponía frenar la acumulación de tierras imponiendo restricciones a la venta de campos a extranjeros.

 

El ciclo de las conquistas

El ciclo de las conquistas de la Patagonia posee una impronta simbólica y material al mismo tiempo. La apropiación del territorio ha ido desde la imposición de los nombres hasta la posesión real, la expropiación y la trasnacionalización actual.

Distintos historiadores coinciden en que entre 1845 y 1880 la Confederación Aborigen constituyó un Estado de hecho. La solución drástica de la Campaña del Desierto estableció un Estado nacional único con los mismos regímenes de propiedad, al menos en teoría.

Sin embargo, los espacios geográficos incorporados en el sur del país quedaron sometidos a autoridades delegadas del Estado nacional hasta la reciente fecha de 1957, año en que Río Negro Chubut, Santa Cruz –entre otros– dejan de ser territorios nacionales para comenzar a ser provincias con autoridades elegidas.

El Estado nacional fue durante décadas la autoridad que administró los territorios y creó, por ejemplo, las reservas indígenas. Algunas como las de Vuelta del Río y Boquete Nahuelpan recibieron títulos de la Dirección de Tierras de la Nación. Cuando las flamantes provincias crearon sus institutos de colonización comenzaron a otorgar títulos superpuestos a nuevos propietarios, con los habitantes legítimos adentro.

La fase actual de la conquista se hace efectiva a través de un proceso continuo de compra de territorios, extracción a destajo de recursos naturales y sometimiento de la soberanía de Argentina y Chile. A la imagen falsa de la “tierra de nadie” que operó al menos hasta 1850 –como si aquellos habitantes que avistaban desde los barcos fueran “nada” o animales– sucedió la “internacionalización”, en un dispositivo que convierte a la Patagonia en un territorio cuasi universal, disponible para la abstracta “humanidad”.

En ese punto, puede trazarse un paralelo con la Amazonia. Algunos capítulos del ALCA –como el referido al agua como “mercancía” para el futuro– directamente preanuncian una extracción a fondo de todos los recursos disponibles en el sur de Argentina y Chile. Las corporaciones multinacionales extraen petróleo, gas, maderas, especies marinas y demás hasta –dentro un horizonte cercano– agotarlos, con la complicidad de los gobiernos.

 

¿Argentina sin la Patagonia?

Se repite ahora, con nuevas estrategias del capitalismo moderno, el dispositivo jurídico-institucional que parceló a fines del siglo XIX las tierras de la Patagonia para ponerlas en manos de terratenientes y compañías inglesas.

¿Es posible pensar a la Argentina sin la Patagonia, o sin que el país ejerza su soberanía sobre ese inmenso territorio en disputa? El interrogante no surge del presunto intento del pueblo mapuche de apropiarse de ella, sino porque existe un avance progresivo de propietarios extranjeros que se arrogan derechos por encima de las leyes vigentes. Es evidente que eso ocurre con la connivencia activa o pasiva de distintos administradores del Estado.

¿Qué proyecto tiene este país para el pueblo mapuche, y para las tierras acaparadas en muy pocas manos mientras el capitalismo avanza con industrias dañinas en alto grado para el medio ambiente y sus habitantes?

El pueblo mapuche sostiene conflictos con el Estado, con empresarios ganaderos y turísticos, empresas de hidrocarburos y mineras. Enarbola una resistencia desesperada dentro de una lucha desigual, que incluye a muchos habitantes no mapuches. La guerra por las tierras es obviamente también la guerra por los recursos del subsuelo.

Si se aplicara la legislación vigente, los pueblos originarios podrían convertirse en una llave jurídica para frenar el avance de industrias extractivas y obras de infraestructura que afectan directamente a sus territorios y a gran parte de la sociedad argentina, como afirma Darío Aranda en Argentina originaria.

El 1º de noviembre de 2006 el Congreso argentino sancionó la Ley 26160, que prohibió los desalojos de comunidades indígenas y ordenó relevar las tierras que ocupan los pueblos originarios de todo el país. Fue presentada como una “reparación histórica” para los pueblos originarios Por su demorada aplicación, fue prorrogada en noviembre de 2009 (Ley 26554), y luego en 2013 (Ley 26894).

Ordena realizar un relevamiento técnico, jurídico y catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por comunidades indígenas (ocupación actual, tradicional y pública). Declara la emergencia en materia de posesión y propiedad y ordena suspender la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos cuyo objeto sea el desalojo de las comunidades de sus territorios. La ley fue prorrogada a fines de 2017 como consecuencia de la enorme presión social generada por la desaparición de Maldonado y la detención arbitraria de Jones Huala. La agenda política y mediática minimiza el marco del derecho, mientras se acentúa la criminalización de la protesta y las prácticas del racismo mediático con caracterizaciones falaces.

Las “guerras” por la tierra en la Patagonia deberían resolverse en el marco del derecho, el respeto a los pueblos preexistentes y la consideración política del rechazo social al avance del capitalismo concentrado, que vulnera normas para destinar las tierras a la megaminería, la producción de energía, la extracción de hidrocarburos mediante la fractura hidráulica y la afectación de bienes públicos.

El fundamento de los imperios coloniales de América, India y Africa incluyó la esclavitud sistemática, la expropiación de tierras y la deliberada desorganización de los pueblos, destinada a convencerlos de su pretendida inferioridad. Escribe la poeta mapuche Graciela Huinao en su Salmo 1492: “nunca fuimos / el pueblo señalado / pero nos matan / en señal / de la cruz”. El 60 % de los argentinos tiene antecedentes indígenas, componentes genéticos amerindios, de los pueblos nativos; informa el Servicio de Huellas Digitales Genéticas de una las Facultades de la UBA. Muchos de los ciudadanos que demonizan a los mapuches están atacando a sus propios ancestros, sin saberlo. Las élites políticas están buscando consentimiento para la represión y la negación de derechos, y una parte de la sociedad consume falacias antropológicas, jurídicas y políticas para otorgárselo.

 

Notas:

  1. Este texto es una síntesis de la conferencia pronunciada por el autor durante los días 5, 12, 19 y 26 de septiembre de 2017 en el Teatro Nacional Cervantes de Buenos Aires –dirigido por Alejandro Tantanián–, dentro del ciclo “Territorios en conflicto”, curado por Gabriela Massuh y Carlos Gamerro.
    La versión original contó con el músico Palo Pandolfo como invitado especial en vivo, y testimonios en video de Fidelia Ayllapán, Atilio Curiñanco, Facundo Jones Huala, Martín Lozada, Gustavo Macayo, Soraya Maicoño, Mauro Millán, Adrián Moyano, Anahí Rayén Mariluan, Rosa Rúa Nahuelquir, Pablo Quintana y otros.La conferencia recorrerá en 2018 distintos lugares de Argentina como parte de la programación del Teatro Nacional Cervantes, a quien, con el autor, pertenecen los derechos sobre el texto, las imágenes y la puesta en escena.
  2. El joven mapuche Rafael Nahuel (22) fue asesinado por la espalda por un efectivo del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina el 26 de noviembre de 2017. Dos días antes, 300 agentes de Prefectura, Policía Federal y Gendarmería iniciaron un operativo de desalojo de la comunidad Lafken Winkul Mapu en Villa Mascardi (en cercanías de Bariloche, Río Negro) ordenado por el juez Federal Gustavo Villanueva.
    Se comprobó que una patrulla del Grupo Albatros abrió fuego contra el grupo de mapuches en el cerro ubicado en las proximidades del kilómetro 2.006 de la ruta nacional 40. Según el Ministerio de Seguridad, los efectivos habían “sido atacados con lanzas y con armas de fuego”; aunque luego se comprobó que solo tenían boleadoras, hondas y piedras. Se demostró que los prefecturianos utilizaron pistolas-ametralladoras MP5, con cartuchos de tinta y plomo y bombas de estruendo. La autopsia realizada sobre el cuerpo de Nahuel confirmó que el proyectil alojado en su tórax de Rafael es de calibre 9 milímetros, compatible con las armas utilizadas por Prefectura.
  3. El 17 de octubre de 2017, su cuerpo sin vida fue hallado en el Río Chubut; no se ha establecido todavía las circunstancias de su muerte [n. ed.].
  4. Ver por ejemplo su Valentín Saygüeque y la gobernación indígena de las Manzanas (2010) [n. ed.].
  5. Ver por ejemplo los libros, Crónicas de la resistencia mapuche (2008), Komütuam: Descolonizar la historia mapuche en Patagonia (2013) y A ruego de mi superior cacique Antonio Modesto INAKAYAL (2017) [n. ed.].
  6. Entre sus obras, ver por ejemplo Cartografías argentinas. Políticas indigenistas y formaciones provinciales de alteridad (2005).
  7. La defensa de Facundo Jones Huala –a cargo de la abogada Sonia Ivanoff– presentó el 11 de marzo 2018 en el Juzgado Federal de Bariloche el recurso de apelación a la sentencia en la que el juez federal subrogante Gustavo Villanueva resolvió la extradición del líder mapuche solicitada por Chile. El objetivo de la vía recursiva es lograr la admisibilidad de la apelación por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, última instancia jurídica del país.
    Ivanoff denunció irregularidades durante el proceso, así como también fallas en aspectos técnicos, y sostuvo que “el día de la lectura de la sentencia no se permitió la presencia de medios de prensa, del público en general ni tampoco de las partes interesadas”.
    La abogada sostuvo que el juez Villanueva “intentó suplir la ausencia del imputado con una videoconferencia que tampoco se concretó, no se reconoció la difusión de los actos y ello atenta contra el principio de publicidad y oralidad de la audiencia”. Ivanoff aludió al “doble juzgamiento por una misma causa penal”, y lo consideró violatorio del “principio de ‘non bis in ídem’ (no dos veces por lo mismo), lo que habla de una clara persecución penal”.
    La defensa de Jones Huala sostuvo que la sentencia “carece de todo fundamento sobre el motivo por el cual el juez se aparta del derecho de reconocimiento para los pueblos indígenas”, afirma que
    Villanueva “aplica la normativa establecida en los tratados de cooperación internacional, en especial con Chile, pero no argumentó ni dijo por qué no tuvo en cuenta el derecho indígena, que debería haber sido aplicado en este caso”. Apuntó como una “falencia insalvable” que el gobierno chileno “no haya expresado su compromiso de garantizar la seguridad del detenido, lo que debería haber constado en el expediente”.
    En la sentencia, Villanueva accedió al pedido de extradición de un tribunal de Chile para que Jones Huala sea juzgado en ese país por dos de los cuatro delitos que se le imputan, incendio de vivienda y tenencia ilegal de un arma de fuego de fabricación artesanal. En cambio, declaró improcedente la extradición por los delitos de tenencia de municiones y por haber ingresado de forma clandestina y por un paso no habilitado al vecino país.
    En los hechos, en el juicio se trató el mismo trámite de extracción y la misma orden de captura internacional que dieran origen al proceso que se llevó adelante el 31 de agosto y 1 de septiembre de 2016 que concluyó con una nulidad. Hasta hoy permanece pendiente de resolución en la Corte Suprema de Justicia de la Nación un recurso de la fiscalía que solicitó que se revoque aquella nulidad y que se conceda la extradición. Por eso, el Poder Judicial argentino tiene dos procesos de extradición en marcha por los mismos hechos contra Facundo Jones Huala, violándose todas las garantías reconocidas en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales
  8. Editado en cuatro tomos entre 1972–74 [n. ed.].
Imagen: Obreros detenidos identificados (dominio público )
Cristian Aliaga
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es periodista, docente, poeta e investigador, radicado en Chubut, Argentina. Dirige la editorial Espacio Hudson, en Lago Puelo y el periódico El Extremo Sur. Como poeta sus libros incluyen Música desconocida para viajes (2nda ed., 2009) The Foreign Passion/La pasión extranjera (ed. bilingüe, 2016) y la antología Estrellas en el vidrio (2003).